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¿Qué es una Venta Corta en Arizona?

Una venta corta es cuando vende su casa por menos de lo que debe en la hipoteca y el prestamista perdona la diferencia. Es la mejor alternativa a la ejecución hipotecaria para la mayoría de los dueños de casa atrasados que deben más de lo que vale la propiedad.

Cómo funciona el proceso

  1. Llamada gratis. 15 minutos para entender su situación y opciones.
  2. Listado. Pongo su casa en venta y la promociono a compradores calificados.
  3. Oferta. Aceptamos una oferta calificada — usualmente en los primeros 30 días.
  4. Paquete al prestamista. Envío su documentación de dificultad y la oferta al banco.
  5. Negociación. Empujo al prestamista hacia una aprobación con liberación total de la deuda.
  6. Cierre. Usted firma, la casa se transfiere, y sale limpio.

¿Quién califica?

Para calificar para una venta corta en Arizona generalmente necesita dos cosas:

  1. Estar "bajo el agua" o cerca — debe más de lo que vale la casa.
  2. Una dificultad financiera documentada — pérdida de empleo, divorcio, enfermedad, reubicación forzada, reset de tasa de interés, o cualquier cambio significativo en sus finanzas.

El costo

Cero de su bolsillo en la mayoría de los casos. El prestamista paga las comisiones de los agentes (ambos lados), gastos de escrow y título, e impuestos prorrateados como parte de la aprobación. La única excepción son los costos personales (mudanza, etc.).

El impacto al crédito

Una venta corta normalmente baja el puntaje de crédito 50–150 puntos a corto plazo. Una ejecución hipotecaria normalmente lo baja 200+ puntos y queda en su reporte 7 años. Después de una venta corta, la mayoría de los dueños de casa pueden calificar para una nueva hipoteca en aproximadamente 2 años (FHA y VA tienen reglas específicas).

Las leyes de Arizona que lo protegen

  • ARS §33-808 — el Aviso de Venta del Fideicomiso debe ser registrado por lo menos 91 días antes de la subasta.
  • ARS §33-811(C) — falta de presentar una orden judicial antes de las 5 p.m. del día hábil anterior a la venta renuncia a las defensas.
  • ARS §33-813 — derecho de reincorporación hasta las 5 p.m. del día hábil anterior a la venta.
  • ARS §33-814 — protección antideficiencia para la mayoría de las casas ocupadas por el propietario.

Información educativa solamente. No es consejo legal, fiscal, ni financiero. Consulte con un abogado o CPA sobre su situación específica.

Consulta gratis sobre venta corta

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Preguntas frecuentes

Si debe más de lo que vale su casa (o casi) Y tiene una dificultad financiera documentada, probablemente califica. La dificultad puede ser pérdida de empleo, divorcio, enfermedad, o reubicación.

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